Incoterms 2020 para empresas colombianas: cuál elegir según tu tipo de carga

Incoterms 2020 para empresas colombianas: cuál elegir según tu tipo de carga
12 Mar 2026

Incoterms 2020 para empresas colombianas: cuál elegir según tu tipo de carga


Cuando una empresa colombiana importa insumos desde China, exporta productos manufacturados a Europa o compra maquinaria en Estados Unidos, una de las primeras decisiones que debe tomar en la negociación con el proveedor o cliente extranjero es el Incoterm. Sin embargo, muchos gerentes de compras y dueños de empresa toman esta decisión sin entender completamente lo que implica, aceptando el Incoterm que propone la contraparte sin evaluar si es el más conveniente para sus intereses.


Elegir mal el Incoterm puede significar pagar más de lo necesario por el flete, asumir riesgos que no estás preparado para gestionar, o quedar en una posición desfavorable cuando algo sale mal durante el transporte. Esta guía explica cada uno de los once Incoterms 2020 con un enfoque práctico para la realidad del comercio exterior colombiano, y te ayuda a identificar cuál es el más conveniente según tu tipo de operación.



¿Qué son los Incoterms y para qué sirven?


Los Incoterms (International Commercial Terms) son un conjunto de once términos estándar publicados por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que definen las responsabilidades del vendedor y del comprador en una transacción de comercio internacional. Su última versión es los Incoterms 2020, vigentes desde el 1 de enero de 2020.


Cada Incoterm establece con precisión tres aspectos fundamentales de la operación:


  • Transferencia del riesgo: en qué punto del recorrido la responsabilidad por la pérdida o el daño de la mercancía pasa del vendedor al comprador.
  • Obligaciones de transporte: quién contrata y paga el transporte en cada tramo: flete internacional, seguro de carga, transporte terrestre en origen y en destino.
  • Obligaciones documentales y aduaneras: quién gestiona los trámites de exportación en el país de origen y los de importación en el país de destino.

Los Incoterms no definen el precio de la mercancía, las condiciones de pago, ni la legislación aplicable al contrato. Para todo eso se necesitan otras cláusulas contractuales. Tampoco son obligatorios: son un estándar voluntario que las partes adoptan al incluirlos en el contrato de compraventa.



Los once Incoterms 2020 de un vistazo


Incoterm Nombre completo Punto de transferencia del riesgo ¿Quién paga el flete? Modo de transporte
EXW Ex Works Instalaciones del vendedor Comprador (todo el trayecto) Todos los modos
FCA Free Carrier Lugar designado en origen Comprador (desde el punto de entrega) Todos los modos
CPT Carriage Paid To Primer transportador en origen Vendedor (hasta destino pactado) Todos los modos
CIP Carriage and Insurance Paid To Primer transportador en origen Vendedor (flete + seguro hasta destino) Todos los modos
DAP Delivered at Place Lugar de destino acordado Vendedor (hasta destino, sin descargue) Todos los modos
DPU Delivered at Place Unloaded Lugar de destino acordado (descargado) Vendedor (hasta destino, con descargue) Todos los modos
DDP Delivered Duty Paid Instalaciones del comprador Vendedor (todo el trayecto + tributos) Todos los modos
FAS Free Alongside Ship Al costado del buque en puerto de origen Comprador (desde puerto de origen) Solo marítimo / fluvial
FOB Free On Board A bordo del buque en puerto de origen Comprador (desde el buque en origen) Solo marítimo / fluvial
CFR Cost and Freight A bordo del buque en puerto de origen Vendedor (flete hasta puerto de destino) Solo marítimo / fluvial
CIF Cost, Insurance and Freight A bordo del buque en puerto de origen Vendedor (flete + seguro hasta puerto de destino) Solo marítimo / fluvial



Entendiendo la lógica de los Incoterms: del comprador al vendedor


Una forma sencilla de entender los Incoterms es imaginar un espectro de responsabilidad. En un extremo está EXW, donde el vendedor hace lo mínimo posible: pone la mercancía disponible en su fábrica y el comprador se encarga de absolutamente todo. En el otro extremo está DDP, donde el vendedor hace lo máximo posible: entrega la mercancía en las instalaciones del comprador con todos los tributos ya pagados.


Entre estos dos extremos, los demás Incoterms distribuyen las responsabilidades de manera gradual. Cuanto más carga el Incoterm sobre el vendedor, mayor es el precio que este cobrará por la mercancía para cubrir esos costos y riesgos adicionales. Cuanto más carga sobre el comprador, mayor es el control que este tiene sobre el proceso logístico.



Los Incoterms más usados en Colombia y cuándo convienen


FOB — Free On Board: el más recomendado para importadores colombianos


FOB es el Incoterm más utilizado en el comercio internacional de mercancía general y el más recomendado para la mayoría de los importadores colombianos con experiencia en comercio exterior.


Bajo FOB, el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de origen. Desde ese momento, el riesgo y los costos pasan al comprador colombiano, que contrata directamente el flete internacional, el seguro de carga y el transporte terrestre hasta su planta.


Las ventajas de FOB para el importador colombiano son claras:


  • Control total sobre la selección de la naviera y la negociación del flete, permitiendo obtener tarifas de mercado sin el margen que añade el proveedor en un precio CIF.
  • Libertad para elegir el seguro de carga más conveniente y con la cobertura adecuada para el tipo de mercancía.
  • Visibilidad directa sobre todos los costos del flete desde el origen, sin sorpresas de costo incluidas en el precio CIF del proveedor.
  • Para importaciones frecuentes, la posibilidad de negociar contratos de largo plazo con navieras a través del agente de carga, obteniendo tarifas preferenciales que se acumulan en el tiempo.

FOB no es ideal para: empresas que se inician en la importación y aún no tienen un agente de carga establecido, ni para cargas muy pequeñas donde el costo de gestionar el flete individualmente puede superar el ahorro frente a CIF.


CIF — Cost, Insurance and Freight: conveniente para iniciar, costoso en el largo plazo


Bajo CIF, el vendedor paga el flete internacional y el seguro hasta el puerto de destino colombiano (Buenaventura, Barranquilla o Cartagena). El riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía está a bordo del buque en origen, aunque el vendedor sigue pagando el flete.


CIF es conveniente para empresas que se inician en la importación porque simplifica la operación: el proveedor gestiona el flete y el comprador solo necesita contratar el agente de aduanas en Colombia y el transporte terrestre hasta su destino final.


Sin embargo, CIF tiene un costo oculto importante: el proveedor incluye su margen en el flete y el seguro. No tienes visibilidad real sobre cuánto paga el proveedor por el flete y cuánto es su ganancia sobre ese servicio. Con el tiempo, las empresas que siguen comprando en CIF cuando ya tienen un agente de carga están pagando sistemáticamente de más en cada importación.


Adicionalmente, y de especial importancia para Colombia: bajo CIF, el valor del flete y el seguro pagados por el proveedor se incluyen en el valor CIF de la mercancía, que es la base para calcular el arancel y el IVA de importación. Esto significa que si el proveedor infló el flete en su precio CIF, también estás pagando más arancel e IVA de lo necesario.


EXW — Ex Works: máximo control para el comprador, máxima complejidad


Bajo EXW, el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones (fábrica, almacén). El comprador asume toda la responsabilidad desde ese momento: el transporte interno en el país de origen, los trámites de exportación en ese país, el flete internacional, el seguro, el trámite de importación en Colombia y el transporte terrestre hasta su destino.


EXW es el Incoterm que da mayor control al comprador colombiano, pero también es el más complejo de gestionar porque requiere capacidad de coordinación en el país de origen, incluyendo la gestión de los trámites de exportación en ese país. Para la mayoría de los importadores colombianos sin agentes corresponsales establecidos en el exterior, EXW es difícil de ejecutar correctamente.


EXW puede ser conveniente cuando el importador tiene un agente de carga con capacidad real de gestión en el país de origen y quiere controlar completamente toda la cadena desde la fábrica del proveedor.


FCA — Free Carrier: la alternativa moderna a FOB


FCA es técnicamente más preciso que FOB en el contexto del transporte en contenedores, ya que el riesgo se transfiere cuando el vendedor entrega la mercancía al primer transportador designado por el comprador en el lugar acordado, que puede ser la fábrica del proveedor, una terminal de carga o el puerto de origen.


Los Incoterms 2020 introdujeron una variante importante de FCA: si el comprador y el vendedor así lo acuerdan, el conocimiento de embarque (BL) puede emitirse con notación "on board" (a bordo) incluso cuando el riesgo se transfirió antes del embarque. Esto es especialmente útil para operaciones con carta de crédito, donde el banco del comprador puede exigir un BL "on board" para liberar el pago.


Para empresas colombianas con experiencia en importaciones, FCA es una buena alternativa a FOB porque ofrece control similar sobre el flete internacional pero con una transferencia de riesgo técnicamente más adecuada para el transporte en contenedor.


DAP — Delivered at Place: para exportadores colombianos que quieren ofrecer servicio completo


Bajo DAP, el vendedor entrega la mercancía en el lugar de destino acordado en el país del comprador, lista para ser descargada pero sin pagar los tributos de importación en destino. El vendedor asume todos los costos y riesgos hasta ese punto.


DAP puede ser conveniente para exportadores colombianos con experiencia que quieren ofrecer a sus clientes internacionales un servicio de entrega más completo, diferenciándose de competidores que solo venden en FOB. Sin embargo, requiere que el exportador colombiano tenga capacidad de coordinar el transporte en el país de destino, lo que suele hacerse a través del agente de carga local del exportador que tiene corresponsales en ese país.


DDP — Delivered Duty Paid: el más completo para el comprador, el más riesgoso para el vendedor


Bajo DDP, el vendedor entrega la mercancía en las instalaciones del comprador, con todos los trámites de importación completados y todos los tributos aduaneros pagados. Es el Incoterm que más carga sobre el vendedor.


Para importadores colombianos, DDP puede parecer atractivo porque simplifica completamente su gestión: el proveedor lo hace todo. Sin embargo, tiene una implicación legal importante: bajo DDP, el proveedor extranjero sería quien realiza los trámites de importación en Colombia, lo que en la práctica es difícil de ejecutar ya que los trámites ante la DIAN requieren un agente habilitado en Colombia. En la práctica, cuando un proveedor ofrece DDP, generalmente subcontrata la parte colombiana a un agente local y carga ese costo (más su margen) en el precio. El importador colombiano pierde control y paga más.


DDP puede ser conveniente para compras ocasionales de bajo valor donde la simplificación operativa justifica el sobrecosto, o cuando el vendedor tiene una estructura logística realmente global con capacidad de operación en Colombia.



Guía de decisión: qué Incoterm elegir según tu situación


Situación Incoterm recomendado Razón
Importador colombiano con experiencia y agente de carga establecido FOB o FCA Máximo control sobre el flete y menores costos al negociar directamente con navieras
Importador colombiano que se inicia en el comercio exterior CIF (temporal) → FOB cuando haya agente de carga CIF simplifica la primera operación; migrar a FOB cuando la empresa tenga agente de carga establecido
Exportador colombiano que se inicia FOB o EXW Minimiza la responsabilidad del exportador; el comprador asume el flete internacional
Exportador colombiano con experiencia que quiere diferenciarse CIF o DAP Ofrecer precio con flete incluido puede ser más atractivo para compradores internacionales que no quieren gestionar la logística
Importación de maquinaria pesada o sobredimensionada FOB o FCA Control directo sobre el tipo de contenedor o carga especial y los permisos de transporte
Importación de carga de alto valor o frágil CIP o CIF con seguro de alta cobertura Garantizar que el seguro cubra el valor total del embarque con condiciones adecuadas
Importación de pequeños volúmenes (LCL) CIF o CFR Para volúmenes pequeños, el ahorro de negociar el flete individualmente puede ser menor que el costo de gestionarlo
Operación con carta de crédito como instrumento de pago FCA (con BL on board) o CIF Facilita el cumplimiento de los requisitos documentales del banco para liberar el pago



El Incoterm y la base gravable para el cálculo de aranceles en Colombia


Un aspecto que muchos importadores colombianos no tienen en cuenta es que el Incoterm elegido afecta directamente la base gravable sobre la que se calculan el arancel y el IVA de importación en Colombia.


La DIAN calcula los tributos de importación sobre el valor CIF de la mercancía (Costo + Seguro + Flete hasta el puerto colombiano), independientemente del Incoterm pactado con el proveedor. Esto significa que:


  • Si compras en FOB, debes agregar el flete y el seguro reales para calcular el valor en aduana CIF.
  • Si compras en CIF, el valor CIF ya lo incluye el proveedor en la factura, pero si ese flete fue inflado, también pagarás más arancel e IVA.
  • Si compras en EXW, debes agregar el transporte interno en el país de origen, la exportación, el flete y el seguro para llegar al valor CIF en Colombia.

En términos prácticos, comprar en FOB con un flete real negociado por tu agente de carga suele resultar en una base gravable más baja —y por tanto en menos arancel e IVA— que comprar en CIF con el flete inflado del proveedor. Este es un ahorro silencioso que se acumula en cada importación.



Diferencias importantes en los Incoterms 2020 respecto a la versión anterior


Los Incoterms 2020 introdujeron algunos cambios relevantes frente a los Incoterms 2010 que los importadores y exportadores colombianos deben conocer:


  • DAT fue reemplazado por DPU: el antiguo Delivered at Terminal fue renombrado Delivered at Place Unloaded, lo que amplía su alcance: ahora el lugar de entrega descargada puede ser cualquier sitio acordado, no solo una terminal de transporte.
  • FCA con BL on board: como se mencionó anteriormente, los Incoterms 2020 permiten que bajo FCA se emita un BL con notación a bordo, facilitando las operaciones con carta de crédito.
  • CIP con seguro de mayor cobertura: bajo CIP, el vendedor ahora tiene la obligación de contratar un seguro de carga con cobertura equivalente a las cláusulas A del Instituto de Aseguradores de Londres, que es la cobertura más amplia. Bajo CIF, se mantiene la obligación de seguro mínimo (cláusulas C), que es cobertura básica. Esta diferencia es importante para carga de alto valor.
  • Claridad en el transporte propio: los Incoterms 2020 reconocen explícitamente que tanto el vendedor como el comprador pueden transportar la mercancía en sus propios vehículos, sin necesidad de contratar a un tercero, lo que es relevante para empresas con flota propia.


Errores frecuentes con Incoterms en el comercio exterior colombiano


  • Usar FOB para transporte aéreo: FOB (y otros Incoterms marítimos como CIF, CFR, FAS) solo aplican para transporte marítimo o fluvial. Para flete aéreo o multimodal, los Incoterms correctos son FCA, CPT o CIP. Usar FOB en una importación aérea genera ambigüedad sobre el punto de transferencia del riesgo.
  • No especificar el lugar exacto junto al Incoterm: escribir solo "FOB" en el contrato sin especificar el puerto de origen (por ejemplo, "FOB Shanghái") deja ambigüedad sobre dónde exactamente ocurre la entrega. Los Incoterms siempre deben ir acompañados del lugar o puerto específico.
  • Confundir transferencia del riesgo con transferencia del costo en CIF: bajo CIF, el riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía está a bordo del buque en origen, aunque el vendedor sigue pagando el flete. Muchos compradores creen erróneamente que bajo CIF el vendedor sigue siendo responsable si la mercancía se daña durante el tránsito marítimo, lo que es incorrecto.
  • No verificar que el seguro contratado sea adecuado: bajo CIF, el vendedor contrata el seguro mínimo (cobertura básica). Si la mercancía es de alto valor o frágil, este seguro puede ser insuficiente. El comprador debe evaluar si complementar con su propia póliza de seguro.
  • Aceptar DDP sin entender las implicaciones: como se explicó, bajo DDP el proveedor extranjero asume los trámites de importación en Colombia, lo que en la práctica generalmente resulta en costos más altos y menor control para el importador colombiano.


Caso práctico: empresa metalmecánica ahorra al cambiar de CIF a FOB


Una empresa metalmecánica en Bogotá importaba láminas de acero inoxidable desde China bajo Incoterm CIF Buenaventura. El proveedor incluía en su precio CIF un flete de USD 3.200 por contenedor de 20 pies, que el importador aceptaba sin cuestionarlo porque no conocía las tarifas reales del mercado naviero.


Al vincularse con Nextstop Group y negociar directamente el flete bajo Incoterm FOB, se estableció que el flete real de mercado para esa misma ruta era de USD 2.400 por contenedor. La diferencia de USD 800 por operación, multiplicada por las ocho importaciones anuales de la empresa, representó un ahorro de USD 6.400 al año solo en flete.


Adicionalmente, al ser el flete real más bajo, el valor CIF (base gravable) se redujo en USD 800 por operación, lo que generó un ahorro adicional en arancel e IVA de aproximadamente USD 240 por operación (USD 1.920 al año), para un ahorro total combinado de más de USD 8.300 anuales simplemente por cambiar el Incoterm y negociar directamente el flete.



Preguntas frecuentes sobre Incoterms para empresas colombianas


¿Los Incoterms son obligatorios en Colombia?


No. Los Incoterms son términos estándar voluntarios que las partes adoptan por acuerdo mutuo al incluirlos en el contrato de compraventa internacional. Sin embargo, su uso es prácticamente universal en el comercio exterior colombiano y es el lenguaje estándar para definir la distribución de responsabilidades entre vendedor y comprador. La DIAN reconoce los Incoterms como referencia para determinar el valor en aduana de las importaciones.


¿Puedo cambiar el Incoterm en mitad de una negociación?


Sí, siempre que ambas partes estén de acuerdo. El Incoterm es un elemento del contrato de compraventa y puede modificarse antes de que el contrato sea vinculante. En la práctica, muchos importadores colombianos que empezaron comprando en CIF migran a FOB cuando establecen su agente de carga, simplemente informando al proveedor el cambio y ajustando el precio de la factura para excluir el flete y el seguro.


¿El Incoterm determina quién paga la aduana en Colombia?


En la práctica, el importador colombiano siempre paga los tributos aduaneros (arancel e IVA) en Colombia, independientemente del Incoterm, porque es el titular de la importación ante la DIAN. La única excepción teórica sería DDP, donde el vendedor asumiría los tributos, pero como se explicó, esto es difícil de ejecutar correctamente para proveedores extranjeros sin presencia legal en Colombia y generalmente se traduce en un precio más alto.


¿FOB significa que el vendedor me entrega la mercancía en el barco?


Sí, pero con precisión: bajo FOB, el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque acordado. Desde ese momento, el riesgo pasa al comprador. El vendedor también es responsable de los trámites de exportación en su país. Es importante recordar que FOB solo aplica para transporte marítimo o fluvial, no para flete aéreo ni para transporte en contenedores donde técnicamente la entrega ocurre antes de que la mercancía esté a bordo.


¿Cuál es el Incoterm más recomendado para una primera exportación desde Colombia?


Para una empresa colombiana que exporta por primera vez, el Incoterm más recomendado es FOB o EXW. FOB limita la responsabilidad del exportador al trámite de exportación en Colombia y la entrega en el puerto colombiano, mientras que el comprador asume el flete internacional. EXW es aún más simple pero requiere que el comprador gestione también los trámites de exportación en Colombia, lo que puede generar complicaciones. A medida que la empresa exportadora gana experiencia, puede ofrecer CIF o DAP para hacer su propuesta más atractiva a los compradores que prefieren no gestionar la logística internacional.



Conclusión


La elección del Incoterm correcto no es un tecnicismo legal de menor importancia: es una decisión comercial y financiera que impacta directamente el costo de cada operación de comercio exterior, el control sobre la logística internacional y la distribución del riesgo ante cualquier imprevisto durante el transporte.


Para la mayoría de los importadores colombianos con experiencia, FOB es el punto de llegada: máximo control, mejores tarifas de flete y base gravable más baja para los tributos aduaneros. Para los exportadores que se inician, FOB o EXW minimizan la complejidad operativa. Y para los exportadores con experiencia que quieren diferenciarse, CIF o DAP pueden ser herramientas comerciales poderosas.


La clave está en entender lo que cada término implica antes de firmarlo. Si tienes dudas sobre qué Incoterm conviene para tu próxima operación de importación o exportación, contáctanos y nuestro equipo te asesora sin compromiso.

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